Resumen: la factura simplificada tiene menos datos obligatorios que la completa y se usa en operaciones de importe bajo. Elegir mal no es un drama, pero conviene saber cuándo corresponde cada una para no emitir un documento incompleto.
Factura completa
Es la factura habitual. Debe incluir, como mínimo:
- Número correlativo y fecha de expedición.
- Nombre, apellidos o razón social, y NIF de quien emite y de quien recibe.
- Domicilio de ambos.
- Descripción de la operación, base imponible, tipo de IVA y cuota.
- Total de la factura.
Factura simplificada
Se puede emitir en operaciones de importe reducido. Como regla general, el límite es de 400 € con IVA incluido, aunque algunos sectores tienen un límite mayor. Puede omitirse el NIF y el domicilio del destinatario, pero no el resto de datos básicos: número, fecha, emisor, descripción, tipo y cuota de IVA.
Si el cliente pide una factura completa, debes emitirla aunque la operación sea de importe bajo.
Errores frecuentes
- Emitir simplificadas por defecto para evitar pedir datos, aunque el cliente sea una empresa que necesita deducir el IVA.
- Saltarse la numeración correlativa. Cada factura tiene que ir en orden, sin huecos.
- Emitir un documento que no es factura, como un presupuesto, y cobrarlo como tal.
Qué hacer
Define en tu programa de facturación las dos plantillas y úsalas según el cliente y el importe. Revisa con tu gestor los límites que aplican a tu sector, porque las reglas de facturación tienen matices.
Puedes consultar el detalle oficial en la Agencia Tributaria. Y si necesitas un documento antes de facturar, la guía de presupuestos explica la diferencia.