Contrato de encargado del tratamiento con tus proveedores

Resumen: cuando un proveedor trata datos personales por encargo tuyo, necesitas un contrato de encargado del tratamiento. Es un requisito del RGPD, y se firma casi siempre antes de que el proveedor toque un solo dato.

Cuándo hace falta

Si un proveedor accede a datos de tus clientes para prestarte un servicio, es encargado. Ejemplos habituales: la gestoría con las nóminas, el programa de facturación con los datos de clientes, el hosting de tu web, la empresa de envíos o el proveedor de correo.

Qué debe contener el contrato

  • Qué datos trata el proveedor y para qué finalidad.
  • Que solo trata los datos siguiendo tus instrucciones.
  • Las medidas de seguridad que aplica.
  • Qué pasa con los datos al terminar el servicio: borrarlos o devolverlos.
  • Qué hace si hay una brecha de seguridad, y en qué plazo te avisa.
  • Si subcontrata a otros proveedores, y bajo qué condiciones.

Cómo revisarlo sin ser abogado

  1. Haz una lista de todos los proveedores que tocan datos de clientes o empleados.
  2. Para cada uno, busca su contrato de tratamiento de datos. Muchos proveedores grandes lo tienen en su web.
  3. Si no existe, pídelo por escrito antes de seguir usando el servicio.

Esta guía no sustituye el asesoramiento jurídico. Para una pyme con muchos proveedores, una revisión puntual con un abogado o consultor de protección de datos suele compensar.

Para el marco general, lee RGPD para pymes. Y si hay un incidente, qué hacer si hay una brecha de seguridad.

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