Cómo funciona ser autónomo: alta, cuotas y obligaciones

Resumen: ser autónomo significa que tú eres el titular de la actividad económica. Tienes que darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social, emitir facturas con los requisitos legales y presentar declaraciones periódicas. Este es el recorrido básico, paso a paso.

1. Darte de alta en Hacienda

Antes de empezar a facturar, presentas el alta de la actividad en la Agencia Tributaria. Para ello eliges el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que describe lo que haces. El modelo a presentar depende de tu caso: el 036 es el habitual, y el 037 es una versión simplificada para personas físicas con menos supuestos.

2. Darte de alta en la Seguridad Social

El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se hace ante la Seguridad Social. Debes hacerla antes de empezar la actividad o en los plazos que marca la norma. Pagas una cuota mensual, cuya cuantía depende de tus ingresos y se revisa cada año.

Si es tu primer alta, pregunta por las bonificaciones y tarifas reducidas para nuevos autónomos: existen, pero tienen requisitos y plazos que conviene revisar en la sede de la Seguridad Social.

3. Elegir tu régimen de IRPF e IVA

Según tus ingresos y el tipo de actividad, tributarás en estimación directa (normal o simplificada) o en otros regímenes específicos. Esto define qué libros llevas y qué declaraciones presentas. El régimen de IVA depende de la actividad y de si estás exento o no.

4. Emitir facturas

Toda factura debe incluir, como mínimo, la numeración correlativa, la fecha, tus datos y los del cliente, la descripción de lo vendido, la base imponible, el tipo de IVA y la cuota. Si emites facturas a empresas, guarda una copia de cada una durante el plazo que exige la normativa.

5. Declaraciones periódicas

Las obligaciones más habituales son:

  • IVA trimestral, con el modelo 303, si tu actividad está sujeta.
  • IRPF fraccionado, con el modelo 130, si tributas en estimación directa.
  • Resumen anual de IVA y la declaración de la renta.

Los plazos se publican cada año en la Agencia Tributaria. Apúntalos en el calendario en cuanto te des de alta.

Cuándo conviene un gestor

Si tienes varios clientes, operas con otros países o tus ingresos cambian mucho de un trimestre a otro, un gestor ahorra errores. Para una actividad sencilla, muchos autónomos llevan las cuentas por su cuenta con una herramienta de facturación.

Aviso: esta guía es informativa. Los plazos, modelos y cuantías cambian. Antes de actuar, comprueba la información vigente en la Agencia Tributaria y en la sede de la Seguridad Social.

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